Eliminación de organismos autónomos: ¿un retroceso en la democracia mexicana?
La reciente aprobación de la reforma constitucional, que, entre otros temas, elimina organismos autónomos en México, incluyendo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), representa un cambio significativo en la estructura del Estado. Con 86 votos a favor y 42 en contra, esta reforma fue impulsada con la promesa de simplificar la administración pública y reducir gastos(1). Sin embargo, su impacto ha despertado preocupaciones legítimas respecto a la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de datos personales.
El INAI, considerado un baluarte en la supervisión del gobierno y el acceso a información imparcial, será sustituido por dependencias del Ejecutivo Federal. En materia de administración pública, sus funciones pasarán a la Secretaría de la Función Pública, mientras que la protección de datos en posesión de particulares quedará bajo la dependencia que designe el Ejecutivo. Este cambio centraliza el poder y genera riesgos evidentes de conflicto de interés, al asignar al mismo Ejecutivo la doble función de ejecutar y supervisar. Los organismos autónomos constitucionales, como el INAI, el IFT, y la COFECE, se establecieron para garantizar contrapesos en el ejercicio del poder público, fomentar la transparencia, y proteger derechos fundamentales de los ciudadanos. Estas instituciones se crearon con independencia técnica y de gestión(2), lo que les permitía tomar decisiones sin influencias políticas directas.
Su función era esencial para áreas como el acceso a la información, la protección de datos personales, la promoción de la competencia económica, la regulación de las telecomunicaciones, la evaluación de políticas sociales y la supervisión de recursos energéticos. Por ejemplo, el INAI aseguraba el acceso a información gubernamental y la protección de datos personales, fortaleciendo la rendición de cuentas y el derecho a la privacidad (artículos 6 y 16 de la Constitución Mexicana).
El INAI fue una institución fundamental para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de datos personales en México, desempeñando un papel clave en la supervisión de asuntos públicos de gran impacto. Entre sus logros más destacados, impulsó la transparencia proactiva mediante herramientas como la “Métrica de Gobierno Abierto”, que mide la interacción entre gobiernos y ciudadanos en términos de transparencia y participación(3). El INAI también implementó proyectos innovadores como “Follow the Money”, que permite analizar y visualizar el uso de los recursos públicos, los ciudadanos comprendan cómo se utilizan los fondos gubernamentales y puedan exigir cuentas(4).
Además, el INAI jugó un papel relevante en la fiscalización de casos emblemáticos que marcaron la agenda pública, como el caso Odebrecht, donde supervisó solicitudes de información relacionadas con los sobornos de la empresa; el caso del Socavón del Paso Exprés, que investigó la gestión de contratos y recursos públicos; y el escándalo de la Casa Blanca, donde su intervención permitió acceder a detalles clave sobre posibles conflictos de interés en adquisiciones gubernamentales(5).
Así, se confirma que la importancia de contar con organismos autónomos radicaba en su capacidad de actuar como árbitros imparciales en asuntos de gran relevancia, evitando que el poder ejecutivo fuera juez y parte. Así, la eliminación de este tipo de organismos también plantea interrogantes sobre el cumplimiento de compromisos internacionales de México, como aquellos establecidos en el T-MEC, que requieren órganos reguladores con independencia técnica. En este sentido, la reforma implica la regresión a un modelo centralista donde el gobierno actúe como juez y parte, debilitando los contrapesos necesarios en un sistema democrático.
En cuanto a la transparencia, aunque el Ejecutivo asegura que este cambio promoverá un manejo más eficiente y sin corrupción, la realidad es que eliminar al INAI podría dificultar que los ciudadanos supervisen las acciones gubernamentales y accedan a información clave sobre políticas públicas y contratos del gobierno, pues ahora será el mismo Ejecutivo -a través de la dependencia que designe para ello- quien decidirá qué información debe ser considerada pública, sin que exista un organismo independiente que cuestione o supervise dicha decisión.
Sin duda, este tema exige mantener un seguimiento constante sobre la implementación de estas modificaciones, lo cual dependerá de las leyes secundarias y reglamentaciones que se publiquen en las próximas semanas, aunque ya se vislumbran desafíos significativos para la protección de derechos fundamentales en el país.
Nota: Cualesquier puntos de vista expresados en esta publicación son estrictamente los de la autora y no deberán ser atribuidos de ninguna forma a White & Case LLP o White & Case, S.C.
*El contenido de este artículo es publicado bajo la responsabilidad de su autora y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.
Referencias:
(2) Los artículos 6, 26 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconocían la independencia técnica del INAI, CONEVAL, IFT y COFECE.
(3) https://micrositios.inai.org.mx/todasytodos/?page_id=378
(5) https://micrositios.inai.org.mx/todasytodos/?page_id=378