Menstruación Digna: el derecho humano no reconocido en México
En México, el reconocimiento de la menstruación digna como derecho fundamental es uno de los desafíos más importantes a los cuales el país debe enfrentarse, para lograr un país que respete y reconozca la igualdad sustantiva. La falta de regulación y de planes de acción que reflejen y promuevan este derecho constituye una condición violatoria de los derechos humanos de las mujeres y personas menstruantes.
Para entender este reto, es necesario partir de que la menstruación es un proceso natural, fisiológico y biológico inherente a la vida de las niñas, mujeres y demás personas menstruantes, que forma parte de su esfera más íntima y personal. Sin embargo, sus efectos y consecuencias van más allá de esa esfera personal y fisiológica, pues las situaciones socioculturales, la infraestructura sanitaria, el contexto socioeconómico y factores externos inciden directamente en cómo las personas menstruantes viven este proceso.
La menstruación ha sido históricamente objeto de estigmas y prejuicios culturales, y ha perpetuado uno de los tabúes más comunes a nivel mundial. Esta visión negativa de un proceso natural, inherente y que incluso es un signo de salud, afecta a las niñas y mujeres al dañar su autopercepción y la manera en que las comunidades responden a sus necesidades fundamentales(1).
En este sentido, la menstruación digna supone el acceso efectivo a productos de higiene menstrual, instalaciones sanitarias adecuadas en el hogar, la escuela y los espacios de trabajo, así como disponibilidad de agua limpia y condiciones de higiene apropiadas. Sin embargo, en México persisten importantes carencias estructurales que dificultan el ejercicio pleno de este derecho, particularmente en contextos de pobreza y desigualdad, a ello se suma la insuficiente educación menstrual. En muchos casos, las mujeres, niñas y personas menstruantes, no reciben información clara, oportuna y adecuada sobre los cambios que experimenta su cuerpo, lo que genera confusión, estigmas y prácticas de riesgo para su salud. Esta falta de información reproduce brechas de género y vulnera derechos fundamentales como el derecho a la salud y a la educación.
Ante este panorama, existen distintas líneas de acción para avanzar hacia el derecho a la menstruación digna. Una de ellas es el reconocimiento de la menstruación digna como un derecho humano y la desestigmatización del ciclo menstrual dentro de las estructuras socioculturales, a través de cambios normativos y de la promoción de normas sociales orientadas a la información y la educación sobre la menstruación. A esto se suma la necesidad de garantizar el acceso a la información y a productos de higiene menstrual asequibles y diversos, para que las personas menstruantes puedan elegir aquellos que sean adecuados para su cuerpo, considerando la salud reproductiva, los desórdenes de origen menstrual y la reducción de estigmas mediante la normalización de la discusión sobre los insumos menstruales.
Por lo anterior, la menstruación digna debe reconocerse como un derecho humano fundamental que abarque el respeto y la atención al ciclo fisiológico menstrual, así como la protección de las personas menstruantes frente a las condiciones socioculturales y económicas que inciden directamente en sus vidas.
México tiene la oportunidad de construir un país que reconozca y respete la igualdad sustantiva y los derechos humanos. Sin embargo, la falta de reconocimiento de la menstruación digna, así como la falta de educación al respecto del tema, vulnera los derechos humanos de las personas afectadas. Esta falta de regulación se traduce en un entorno de abuso sistemático, con efectos devastadores para las personas menstruantes que se ven limitadas al acceso insumos mínimos para su salud básica y que enfrentan violencia estructural, económica, institucional y emocional, así como la estigmatización por un proceso biológico inherente a su persona.
Proteger los derechos humanos de manera regulada y accesible fortalece a un país cuyos objetivos incluyen la igualdad sustantiva y promueven un entorno libre de violencia. Garantizar el acceso universal a productos de higiene menstrual no es una concesión, sino una obligación del Estado. La menstruación no es evitable y su adecuada atención resulta indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos, como el derecho a la educación, al trabajo, a la salud y sobre todo a una vida digna.
*El contenido de este artículo es publicado bajo la responsabilidad de sus autoras y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.
Referencias:
(1) https://www.unicef.org/mexico/media/7206/file/Manual%20para%20facilitadoras%20y%20facilitadores.pdf