SALUD MENTAL EN LA VIDA LABORAL
Javiera Medina y Marjorie Simón
20 de Diciembre, 2024

Cada día y con mayor frecuencia escuchamos hablar de la salud mental como un fenómeno que impacta nuestro desempeño en el ámbito personal y laboral, pero ¿somos realmente conscientes de cómo afecta y promueve a nuestra salud mental?

La salud mental ha sido definida por la Organización Mundial de la Salud como un estado de bienestar en el cual cada individuo desarrolla su potencial, puede afrontar las tensiones de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera, y puede colaborar con su comunidad.


En 2023 por primera vez en la Ley Federal del Trabajo, se reconoció al estrés, la depresión y la ansiedad, como enfermedades laborales, las cuales se agregaron a la lista de enfermedades previstas en dicha ley.


Según estadísticas del año 2022 en el Instituto Mexicano del Seguro Social se diagnostican y se tratan anualmente más de 3.5 millones de personas con alguna enfermedad mental. 


Las exigencias laborales y la búsqueda del equilibrio entre la vida personal y familiar que enfrentan las mujeres trabajadoras implican un agotamiento mental y físico, al recaer el cuidado de los hijos y del hogar principalmente en ellas, lo cual puede producir estrés laboral crónico, que conocemos hoy como el fenómeno del "burnout", el cual ha sido clasificado como un fenómeno ocupacional por la Organización Mundial de la Salud.


En la vida laboral los patrones y en general todos los trabajadores de una organización tienen la responsabilidad de coadyuvar a generar un entorno organizacional favorable, libre de violencia, acoso, discriminación y sesgos inconscientes, que son aquellos estereotipos que existe en nuestro subconsciente y afectan nuestras actitudes y comportamientos hacia los demás, tales como sesgo de género, de edad y favoritismo. Es decir, de aquellas circunstancias que impidan la igualdad de oportunidades laborales que generan inseguridad, descontento, cansancio emocional y mental, apatía y desinterés en la permanencia en una organización, que fomentan el burnout y no promueven la salud mental de los trabajadores. 


Por su parte, el burnout fue reconocido en 2019 como un fenómeno ocupacional por la Organización Mundial de la Salud. El burnout se caracteriza por agotamiento emocional, despersonalización y reducción del sentido de logro personal. En México, el burnout se ha intensificado debido a la cultura del trabajo constante, incluso cuando el colaborador se encuentra de vacaciones con la intención de no reducir su productividad anual y mermar posibles incentivos de desempeño. El informe Perspectivas del Empleo 2022 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico señala que México ocupa uno de los primeros lugares en número de horas trabajadas al año, lo cual se relaciona directamente con la aparición del burnout.


En México estamos viviendo cambios legislativos sin precedentes para sancionar las horas de trabajo excesivas al considerar como un delito de explotación laboral las jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, tal y como lo prevé la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2024 y las recientes iniciativas de reforma constitucional y a la Ley Federal del Trabajo que pretenden reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales, garantizando al menos dos días de descanso a la semana. Con esta medida se busca lograr un equilibrio entre la vida personal y laboral de los trabajadores, al mismo tiempo que incremente la productividad y el bienestar general de la población.


De igual manera, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, representa un claro ejemplo de los cambios facticos a la normatividad mexicana para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial. Dentro de los factores de riesgo psicosocial, encontramos trastornos de ansiedad, estrés grave y dificultades de adaptación, que derivan de las funciones del puesto de trabajo, jornadas laborales prolongadas, cargas de trabajo excesivas, interferencia de la relación trabajo-familia y la exposición a acontecimientos traumáticos severos, o actos de violencia laboral al trabajador. Esta norma representa un avance significativo en la protección de la salud mental de los trabajadores en México, al obligar a los patrones a tomar un papel activo en la mitigación de estos riesgos. La aplicación de los cuestionarios que prevé esta norma implica el diagnóstico periódico del ambiente laboral y la implementación de acciones correctivas. 


Un estudio del Instituto Mexicano del Seguro Social del año 2024 reveló que el 75% de los trabajadores mexicanos reportó algún grado de estrés relacionado con el trabajo, y más del 40% indicó no contar con suficiente apoyo de sus superiores. Por su parte los trabajadores tienen una corresponsabilidad de acatar las medidas preventivas y utilizar los mecanismos que implementa el patrón para alzar la voz cuando sean víctimas, o testigos de la existencia de algún factor de riesgo psicosocial, porque ello los hace parte del problema y no de la solución en beneficio de ellos mismos y de su comunidad laboral. 


Concientizar sobre la importancia de nuestra salud mental y emocional, tanto en nuestra vida personal, como laboral, es una tarea diaria de todos y cada uno de nosotros, que puede representar mejoras significativas en nuestra paz interna y externa, ayudándonos a desarrollar nuestro potencial profesional y personal con entusiasmo y alegría, en beneficio propio y de nuestra comunidad.


*El contenido de este artículo es publicado bajo la responsabilidad de sus autoras y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.


Referencias:

IMSS. (2024). Informe sobre el estado del estrés laboral en México. Instituto Mexicano del Seguro Social.


OCDE. (2022). Employment Outlook. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.


OMS. (2019). Burn-out an "occupational phenomenon": International Classification of Diseases. Organización Mundial de la Salud.


STPS. (2018). NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo - Identificación, análisis y prevención. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.


IMSS (2022) Depresión post-COVID ¿cómo la atendemos?



Javiera Medina

Javiera Medina-Reza es Socia de la firma internacional Baker McKenzie Abogados en Ciudad de México. Javiera ha estado en la práctica laboral por 30 años. Es egresada de la Universidad La Salle, generación 93 – 98. Inició sus prácticas profesionales a los 18 años, cuando cursaba el primer semestre de la carrera de Derecho. Javiera trabajó en las firmas de abogados Goodrich, Riquelme y Asociados, Basham, Ringe y Correa y Littler Mendelson. Ha sido miembro de Ius Laboris, una alianza global de firmas legales especializadas en materia laboral y de Lex Mundi Institute. Ha sido reconocida por Chambers & Partners Latin America por su dedicación y competencia desde hace más de 15 años, por Legal 500 América Latina por su conocimiento técnico y opiniones. Es miembro de la Barra Mexicana de Abogados, Asociación Nacional de Abogados de Empresa y la American Bar Association.

Marjorie Simón

Marjorie Simón Alva es Asistente Legal sobre políticas de empleo y compensaciones en Baker Mckenzie. Fue pasante de la firma de junio a julio de 2024. Actualmente, realiza investigación normativas laborales y cumplimiento de leyes relacionadas con compensaciones, redacción y ejecución de convenios de terminación laboral, incluyendo la negociación de términos y aseguramiento del cumplimiento de requisitos legales y brinda apoyo en la revisión de políticas internas de la empresa para garantizar conformidad con las leyes de empleo.

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