Barreras estructurales para las mujeres indígenas en el acceso a la justicia
Regina Villalpando
13 de Febrero, 2025

El acceso a la justicia es un derecho humano fundamental para garantizar la protección de los derechos de las personas en un plano de igualdad, en donde el Estado debe proveer recursos judiciales que sean eficaces y al alcance de las víctimas. Sin embargo, para la mujer indígena, este derecho no se cumple a cabalidad, sino que enfrenta múltiples barreras relacionadas con la segregación, la pobreza y la falta de adecuación estructural de los sistemas judiciales. Las mujeres y niñas indígenas han sido víctimas de múltiples abusos a lo largo de la historia, ocasionando que se encuentren en una situación de doble vulnerabilidad, resultado de factores étnicos, económicos y de género. Lo anterior, ha provocado que la mujer indígena en América Latina sea silenciada en el intento de denunciar la violación de sus derechos y se le excluya de las posiciones de poder, promoviendo que se desarrollen en un entorno de misoginia y marginación. 


México se ha involucrado en diferentes intentos internacionales y nacionales para buscar la igualdad de género, así como para eliminar la discriminación racial, incentivando la búsqueda de la equidad de los pueblos indígenas. Lo anterior, en concordancia con el derecho de libre determinación y autonomía que fortalecen el sistema de justicia indígena. No obstante, muchas de las iniciativas adoptadas van orientadas a la mujer en general o a los pueblos indígenas en su conjunto; dejando a la mujer indígena en un espacio incierto, lo que da lugar a que no se reconozcan las necesidades particulares que su situación amerita. Es así que resulta necesario que, primeramente se lleven a cabo procesos de consulta con las mujeres indígenas para después poder implementar los programas e iniciativas políticas que se adecuen a sus necesidades y preocupaciones particulares y que verdaderamente represente una solución. 


Dentro de las principales barreras estructurales a las que se enfrenta este sector de la población se encuentra la brecha lingüística y cultural. Las mujeres indígenas se atienen a procedimientos legales en español, una lengua que muchas no dominan. De acuerdo con la información censal publicada por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) en el año 2020, el 6.2% de la población en México sólo habla una lengua indígena. No obstante ante esta realidad, nuestro país carece de defensores, traductores e intérpretes que comprendan la lengua y la cultura de estas comunidades. La necesidad de enfrentarse a un sistema de justicia diseñado desde una perspectiva desconectada de las realidades de las comunidades indígenas, refuerza la falta de sensibilidad cultural y genera desconfianza hacia las instituciones, acrecentando la exclusión. Asimismo, la falta de comunicación y educación integral ha ocasionado problemas como el desconocimiento de derechos legales y ha abierto la puerta a la subrepresentación.


Por otro lado, los obstáculos económicos y geográficos constituyen otra barrera significativa que contribuye a que muchas de estas mujeres no acudan a las instituciones de justicia. La gran mayoría de las comunidades indígenas en México, se encuentran en regiones rurales y remotas que carecen de una buena infraestructura de transporte, así como de instituciones judiciales. Lo que implica que, para presentar una denuncia, deben de recorrer largas distancias que conllevan altos costos y tiempo, lo que muchas veces se prefiere evitar. 


Otra barrera que influye de manera trascendental para acudir a la justicia descansa en la discriminación y prejuicios que se hallan en el sistema judicial. Lamentablemente, en los sistemas de justicia estatales, no existen los mecanismos adecuados y el racismo sigue siendo común, fomentando actitudes discriminatorias y sexistas por parte de los propios servidores públicos. De este modo, es que han predominado los estereotipos que deslegitiman la palabra y los testimonios de estas mujeres. De igual manera en los sistemas indígenas, las instituciones suelen ser dominadas por los hombres, lo cual invisibiliza la voz y la participación de la mujer. Lo anterior, aunado al sistema penal mexicano que se caracteriza por un alto porcentaje de impunidad de los delitos, donde se desestima de manera frecuente las denuncias de las mujeres indígenas o no se les da la debida investigación. 


Una de las principales preocupaciones por la falta de acceso a la justicia de las mujeres indígenas es que se encuentran en un estado de vulnerabilidad más tendiente a sufrir violencia. Según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares realizada por el INEGI, se estima que el 59% de las mujeres indígenas han experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida, en el ámbito emocional, físico, sexual, económico, patrimonial y laboral. Por lo que, es importante que se visibilicen las necesidades particulares de este sector de la población y se haga conciencia para evitar que este porcentaje continúe creciendo. Es de esta manera, que es necesario que se implementen iniciativas que hagan más accesible la justicia para las mujeres indígenas, las cuales podrían consistir en la capacitación de los operadores judiciales, incluyendo módulos sobre lenguas indígenas y cosmovisiones comunitarias, el fortalecimiento de la justicia indígena, la implementación de tribunales móviles y la promoción de la participación de mujeres indígenas. El acceso a la justicia es una herramienta fundamental para erradicar la discriminación y garantizar los derechos humanos de las mujeres indígenas. Por lo que, la implementación de una perspectiva intercultural y de equidad de género es esencial para formar un sistema de justicia que sea eficaz para todas las personas, con independencia de origen y género.


*El contenido de este artículo es publicado bajo la responsabilidad de su autora y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.


Referencias:

(1) Antón, B. (2015). Mujeres Indígenas, Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. ONU Mujeres. Recuperado de: https://mexico.unwomen.org/sites/default/files/Field%20Office%20Mexico/Documen tos/Publicaciones/2016/Relator%C3%ADa%20Mujeres_Ind%C3%ADgenas.pdf  


(2) Archivos Jurídicos. (s/f). Capítulo 5: El Acceso de las Mujeres Indígenas a la Justicia. UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/15/7238/6.pdf  


(3) Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (s/f). Mujeres Indígenas. Brochure. Recuperado de: https://www.oas.org/es/cidh/indigenas/docs/pdf/Brochure-MujeresIndigenas.pdf 


(4) Equis: Justicia para las Mujeres. (2019). Acceso a la Justicia para las Mujeres Indígenas. Recuperado de: https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2019/08/Informe-sombra_CERD_ESP.pdf  


(5) García, C. (2010). Derechos Humanos: Mujeres Indígenas en México. Recuperado de: https://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1012-70892010000100006 


(6) INMUJERES. (2020). Violencia Indígenas. Sistema de Indicadores de Género. Recuperado de: http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/tarjetas/Violencia_indigenas.pdf 


(7) Instituto Nacional de las Mujeres. (2016). Necesario despertar la conciencia para erradicar barreras contra las mujeres indígenas: Osorio Chong. Gobierno de México. Recuperado de: https://www.gob.mx/inmujeres/prensa/necesario-despertar-la-conciencia-para-erradica r-barreras-contra-las-mujeres-indigenas-osorio-chong-68890?idiom=es-MX  


(8) INPI. (2017). Datos e Indicadores de Violencia contra las Mujeres Indígenas. Recuperado de: https://www.gob.mx/inpi/articulos/datos-e-indicadores-sobre-violencia-contra-las-muj eres-indigenas  


Regina Villalpando

Regina Villalpando es estudiante de Derecho en la Universidad Iberoamericana, con experiencia en el área de M & A en el despacho jurídico Chevez, Ruiz, Zamarripa y Cía. Actualmente, está colaborando con la revista La Pregonera, Crítica Social como columnista en la sección de Sociedad y Entorno y como coordinadora de edición en el área de Comunicación y Vinculación.

ARTÍCULOS RELACIONADOS.

...
...
...
...
...
...
...