LA ELECCIÓN POR VOTO POPULAR ¿RETROCESO O PROGRESO DE LA CARRERA JUDICIAL DE JUEZAS Y MAGISTRADAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN?
30 de Septiembre, 2024

Derivado del contexto político actual en nuestro país, el Poder Judicial de la Federación (“PJF”) se encuentra en el centro de un debate debido a la reforma judicial que impulsó la administración del presidente López Obrador.


Una vez que fueron agotados los requisitos que establece el artículo 135 constitucional, se publicó el pasado 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación1 el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al PJF.


Esta reforma transformará la estructura y funcionamiento del PJF y podría tener implicaciones significativas en el ejercicio del derecho en México, muchas voces opinan que es contraria a los estándares internacionales sobre la independencia e imparcialidad, afectando el principio de progresividad y no regresión de los derechos humanos, incluso el principio de acceso a la justicia y el de tutela judicial efectiva.


Algunas de las modificaciones que se establecieron con la reforma para el sistema de impartición de justicia federal fueron las siguientes:

(i) elección de personas juzgadoras por voto popular;

(ii) creación de un nuevo órgano de administración judicial; y la

(iii) creación de un tribunal de disciplina judicial.


Este artículo se limita a una breve reflexión consistente en los riesgos que representa la reforma respecto del concepto de carrera judicial, afectando los derechos humanos de las juzgadoras y demás categorías de funcionarias integrantes del PJF que actualmente desempeñan la función jurisdiccional, violentando la cultura del mérito en cuanto al sistema de acceso y promoción, la consolidación real de adscripciones y ratificaciones, erosionando la profesionalización, capacitación y garantía de selección, dejando de lado la evaluación que buscaba en la etapa de selección un pensamiento crítico, habilidades analíticas, la capacidad de generación de respuestas claras, sencillas y sólidas técnicamente, frente a problemas complejos.


De las funciones estatales, la jurisdiccional, que entraña la impartición de justicia es, sin lugar a dudas, la más delicada de las tareas públicas, la misión de juzgar a los semejantes, debe estar desempeñada en toda sociedad civilizada y progresista, por los mejores hombres y mujeres privilegiando la importancia de la carrera judicial y la honorabilidad.


Recordemos que hace poco tiempo, en junio de 2021 se expidió la Ley de Carrera Judicial del PJF, teniendo como finalidades esenciales las siguientes: 


  1. Garantizar la independencia, imparcialidad, idoneidad, estabilidad, profesionalización y especialización de las personas servidoras públicas del PJF. 
  2. Propiciar la permanencia y superación de sus integrantes, con base en expectativas de desarrollo personal mediante una carrera judicial. 
  3. Desarrollar un sentido de identidad y pertenencia hacia el PJF;
  4. Contribuir a la excelencia y eficacia de la impartición de justicia; y
  5. Vincular el cumplimiento de los objetivos institucionales con el desempeño de las responsabilidades y el desarrollo profesional. 


De lo anterior, se desprendieron los principios rectores de la carrera judicial: la excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad, independencia, antigüedad y paridad de género. 


El PJF por mandato legal debe incorporar la perspectiva de género, de forma transversal, progresiva, y equitativa en el desarrollo de la Carrera Judicial, garantizando el ejercicio y goce de los derechos humanos de las personas juzgadoras, con un enfoque de igualdad sustantiva.


Considerando el número de juzgadoras que hay en la actualidad con base en los datos del Consejo de la Judicatura Federal (“CJF”) al cierre del año estadístico 2023, se observó que el 29.5.% de titulares de órganos jurisdiccionales ordinarios son mujeres. Asimismo, se advierte que el 56.2% son juezas y el 43.8% magistradas. 


A partir del 2019 se dieron avances en materia de paridad de género dentro del PJF, el compromiso fijó tres prioridades; (i) erradicar cualquier forma de violencia de género; (ii) conciliar la vida personal, familiar y laboral y; (iii) garantizar la defensa y la impartición de una justicia con perspectiva de género interseccional.


Como resultado de las medidas adoptadas en el 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (“SCJN”) y el CJF recibieron el "Premio Interamericano a las Buenas Prácticas de Liderazgo para las Mujeres" con el que se reconoció al PJF como la institución con las mejores políticas públicas para el liderazgo de las mujeres en el continente americano. 


Algunas de las políticas implementadas durante los años 2019-2022, relativas a la carrera judicial de las juzgadoras y demás cargos de la carrera judicial consistieron en:


a) Todos los concursos para acceder al cargo de juzgadoras del PJF fueron paritarios o exclusivos para mujeres.


b) Durante el 2022, la Escuela Federal de Formación Judicial llevó a cabo 17 concursos de oposición completamente paritarios y 2 exclusivos para mujeres.


c) En el año 2022, 145 mujeres accedieron al cargo de juezas de distrito, representando un avance respecto del 2019.  


d) Se nombraron más del 51% de todas las juezas que se han designado desde 1995, lo que aumentó el porcentaje de mujeres en este cargo de un 23% a un 40%. 


e) En 2022 se nombraron a 33 magistradas de circuito, que sumadas a las 35 designadas en 2021 y las 13 correspondientes al 2019, el porcentaje aumentó de 18% a 24%. 


Si bien es cierto, la reforma establece que el nuevo órgano de administración judicial será el responsable de la administración y carrera judicial del PJF no puede pasar de forma inadvertida que los nombramientos realizados en los últimos años de juzgadoras se obtuvieron mediante concursos de oposición. 


Por ello, sus derechos y conquistas profesionales se ven amenazados, no obstante, que los reformados artículos 94, 96 y 97 constitucionales establezcan que la evaluación y selección de las postulaciones de los candidatos se efectuarán mediante mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios considerando que la selección de personas cuenten con los conocimientos técnicos, distinguiéndose por su honestidad, competencia, antecedentes profesionales y académicos en el ejercicio de la actividad jurídica.


El efecto de la reforma tiene como consecuencia inmediata la afectación de los derechos de las juzgadoras que obtuvieron sus cargos mediante exámenes de oposición, desconociendo los resultados obtenidos, ignorando sus conocimientos y preparación especializada para la función jurisdiccional, se borran de un plumazo los logros ya alcanzados por mujeres abogadas en este sector. 


Lo importante de la Carrera Judicial es precisamente contribuir a la excelencia y eficacia de la impartición de justicia; así como garantizar la independencia, imparcialidad, idoneidad, estabilidad, profesionalización y especialización de las personas servidoras públicas que forman parte de ella.


Estas breves líneas nos invitan a seguir reflexionando sobre este tema, y en su momento analizar la forma en que se pretenda implementar la reforma recién publicada, sin dejar de lado los efectos que tendrá sobre los derechos de esas valientes mujeres que decidieron apostar a la carrera judicial, muchas de ellas renunciando a formar una familia, otras buscando el balance entre la vida familiar y profesional que no es tarea sencilla, ellas han decidido andar por un camino que asegure la permanencia de valores que importan a la sociedad mexicana, la libertad, la igualdad y la dignidad de las personas, todo dentro de lo que debe ser una verdadera democracia constitucional.


Referencias:

DOF, Decreto por el que se reforman, adicional y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial, Diario Oficial de la Federación, 15 de septiembre de 2024.


Artículo 5. Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación. 


Artículo 6 Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.


Artículo 8 Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.


Consejo de la Judicatura Federal. Anexo Estadístico. Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2023, Disponible en https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/informe_labores_transparencia/anexo_estadistico/2023-12/INTRO_2023.pdf


El año estadístico comprende del 16 de noviembre de 2022 al 15 de noviembre de 2023.


Zaldívar, Arturo. Cuarto informe de labores 2022,. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Disponible en: https://www.scjn.gob.mx/cuartoinformezaldivar/


El "Premio Interamericano a las Buenas Prácticas de Liderazgo para las Mujeres”, fue otorgado por el Task Force Interamericano sobre Liderazgo de las Mujeres, conformado por la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), ParlAmericas, e IDEA Internacional, junto a dos organizaciones de la sociedad civil, Caribbean Women in Leadership (CIWiL) y el Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM); con la colaboración de la Secretaría de Cumbres de las Américas, del Departamento para la Gestión Pública Efectiva (DGPE) de la OEA, y el apoyo del Gobierno de Canadá.



Claudia Saldívar

Claudia Saldívar Hernández es abogada postulante en materia de Derecho Procesal Constitucional, egresada de la Escuela Libre de Derecho y de la Maestría en Derecho Constitucional y Derechos Humanos en la Universidad Panamericana, siendo socia sénior de Arámburu, Saldívar, Vázquez, Rodarte y Moreno desde 2006 hasta la fecha, con una experiencia profesional de más de 25 años en juicios de amparo en diversas materias.

Silvana Torres

Silvana Torres Alfaro es Egresada de la Escuela Libre de Derecho. Obtuvo el primer premio por desempeño académico correspondiente al ciclo escolar 2020-2021, otorgado por la Escuela Libre de Derecho y el Colegio de Abogados de México. Forma parte de Arámburu, Saldívar, Vázquez, Rodarte y Moreno S.C., desde febrero de 2023, desempeñándose como pasante.

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